CONSEJO ESCOLAR
¿CUÁLES SON SUS FUNCIONES?
El Consejo Escolar del centro es el órgano más importante de representación y gobierno del colegio, siendo el encargado del control y la gestión del Centro Escolar, en él están representados los diferentes sectores de la comunidad educativa y su constitución es obligatoria en todos los centros gestionados con fondos públicos.
No es un órgano consultivo, sino que sus decisiones son vinculantes.
Su composición, elección de componentes, nombramiento y competencias, están regulados por el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero.
El mandato de cada uno de sus miembros es de cuatro años.
CONSEJO ESCOLAR
MIEMBROS DEL CONSEJO ESCOLAR
〉El director del centro, que es su Presidente.
JUAN ANTONIO ZAFRA SAIZ
〉 La Jefa de Estudios.
VIRGINIA COLODRO CALIXTO
〉 Un Representante Municipal (Concejal de Educación o persona en la que delegue).
AGUSTÍN DE LA FUENTE
〉 Cinco Profesores elegidos por el claustro.
RUTH RODRÍGUEZ DEL VAL
ANA GIL
ELENA LOZANO
BELÉN LÓPEZ
CELIA DÍAZ
RODRIGO RENEDO
〉 Cinco Representantes de las Familias de los Alumnos del Centro.
Uno de ellos puede ser designado por la Asociación de Madres y Padres del centro.
Mª JOSÉ SOTOCA
NURIA SÁNCHEZ
Mª BELÉN DE NAVAS
CARMEN TERESA GUTIERREZ-CAÑAS
VIRGINIA LAGAR
〉 Un Representante del Personal de Administración y Servicios del Centro.
MANUEL AMEIJIDES
〉 El Secretario del Centro, que actuará como Secretario del Consejo Escolar, con voz pero sin voto.
ALBERTO FUENTES